Denominación para un determinado nivel de azúcar residual en el vino, que puede indicarse opcionalmente en la etiqueta. Se aplica hasta 4 g/l o hasta 9 g/l, siempre que la acidez total no sea inferior en más de 2 g al azúcar residual. Esto significa, por ejemplo, que con 9 g/l de azúcar residual, la acidez total debe ser como mínimo de 7 g/l. Expresado en forma de fórmula, el cálculo es el siguiente: Acidez + 2 hasta el límite máximo de 9. Esta regulación de la acidez tiene un significado práctico, ya que el dulzor se percibe menos a niveles de acidez más elevados. En el caso de los vinos espumosos, en los que el dióxido de carbono espumoso puede dar una percepción diferente del sabor, el intervalo permitido de azúcar residual para la denominación "seco" (en otros idiomas sec, dry, secco, seco) se sitúa incluso entre 17 y 32 g/l. Para los vinos tranquilos, esto significa desde...
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Thorsten Rahn
Restaurantleiter, Sommelier, Weindozent und Autor; Dresden