Término que designa una sensación gustativa o un contenido determinado de azúcar residual en el vino, que puede indicarse de forma opcional en la etiqueta. Esto es válido hasta 4 g/l o hasta 9 g/l, siempre que la acidez total sea como máximo 2 g inferior al azúcar residual. Esto significa que, por ejemplo, con 9 g/l de azúcar residual, la acidez total debe ser de al menos 7 g/l.
Expresado en forma de fórmula, el cálculo es el siguiente: acidez + 2 hasta el límite máximo de 9. Esta regulación de la acidez tiene una importancia práctica, ya que cuanto mayor es el contenido de acidez, menos se percibe el dulzor. En el caso del vino espumoso, donde el dióxido de carbono puede provocar una percepción diferente del sabor debido a su efervescencia, el rango permitido de azúcar residual para la denominación «seco» (también denominado sec, dry, secco, seco) se sitúa incluso entre 17 y 32 g/l. Esto significa que, en el caso del vino tranquilo, abarca desde «semiseco» (hasta 18 gl) hasta «dulce» (hasta 45 gl).
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Thomas Götz
Weinberater, Weinblogger und Journalist; Schwendi