Denominación para una sensación de sabor o un determinado nivel de azúcar residual en el vino, que puede indicarse opcionalmente en la etiqueta. Se aplica hasta 4 g/l o hasta 9 g/l, siempre que la acidez total no sea inferior en más de 2 g al azúcar residual. Esto significa, por ejemplo, que con 9 g/l de azúcar residual, la acidez total debe ser como mínimo de 7 g/l.
Expresado en forma de fórmula, el cálculo es el siguiente: Acidez + 2 hasta el límite máximo de 9. Esta regla de acidez tiene un significado práctico, ya que el dulzor se percibe menos a niveles de acidez más elevados. En el caso de los vinos espumosos, en los que el dióxido de carbono espumoso puede dar una percepción diferente del sabor, el intervalo permitido de azúcar residual para la denominación "seco" (en otras lenguas sec, dry, secco, seco) se sitúa incluso entre 17 y 32 g/l. Para el vino tranquilo, esto significa desde semiseco (hasta 18 gl) hasta dulce (hasta 45 gl).
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Lothar Lindner
Innsbruck